Sí, es obligatorio, ya que aunque legalmente has percibido durante el ejercicio objeto de declaración una cantidad inferior al mínimo para declarar, esta cantidad, solamente se refiere a rentas percibidas por el trabajo y no por actividades económicas.
Así, el hecho de haber estado dado de alta en el IA.E., aunque no hayas percibido ni un solo euro como consecuencia de la venta de alguna, supone la obligación de presentar la declaración de la renta correspondiente a ese ejercicio.
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